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AMLO A JUICIO POLÍTICO

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Ciudad de México.- Lili Téllez, destacó que su iniciativa de juicio político contra AMLO, tiene entre otras causales dos principales sanciones; destituirlo de su actual cargo como presidente de México y la inhabilitación para ejercer cualquier cargo del sector público por alrededor de 20 años. De acuerdo con lo establecido por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos destaca que para generar un juicio político se tuvieron que haber violado alguno de los siguientes puntos.

Violar los derechos humanos

Atacar la libertad de sufragio

Caer en la usurpación de atribuciones 

Atacar las diferentes formas de gobierno como; representativa, federal o republicana

Atacar las instituciones democráticas 

La senadora del PAN recordó que el 01 de diciembre de 2018, cuando AMLO tomó protesta como presidente de México se comprometió con el pueblo mexicano a “ cumplir y hacer cumplir con la Constitución y las leyes que de ella emanan y si no, que la Nación mexicana se lo demande”.

En la iniciativa presentada por Lili Tellez, que luego de unas modificaciones a la Constitución Federal, el Presidente de México ya puede ser juzgado por cualquier delito, “se reformó la Constitución Federal para establecer que el Presidente de la República ya puede ser juzgado por la probable comisión de cualquier delito”, en tanto que, por responsabilidad oficial el Ejecutivo Federal merecería ser acreedor a las sanciones correspondientes.

“Presenté iniciativa para hacer sujeto de juicio político al Presidente de México y cuyas sanciones serían destitución del cargo e inhabilitación para ocupar algún otro en el sector público”, compartió en Twitter, la senadora Lili Tellez.

La senadora resaltó en su iniciativa, quienes son las personas que podrían ser sometidos a juicio político de así requerirse;

“Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político el Presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos”.

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